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PARTIDO FEDERAL REPUBLICANO
Movimiento político venezolano, que surge como una nueva alternativa política,
orientada al progreso social; con visión nacional, de doctrina Conservadora Social Progresista,
de tendencia Centrista, bajo principios Federales y Republicanos, comprometido con la Nación.
por las Soluciones; ¡porque sí se puede!


   Principios

 
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Declaración de Principios
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Nosotros, Fundadores del movimiento y demás miembros del Partido Federal Republicano (PFR), quienes constituimos el Consejo Nacional de Doctrina, en pleno uso de las facultades y derechos universales, humanos, políticos, civiles y democráticos, llamados a establecer los principios sobre los cuales se fundamentará nuestra acción, entendemos, reconocemos y declaramos:

El Principio Federal, fundamentado en la unión y participación de todas las estructuras político-administrativas, que aun manteniendo su autonomía, conforman una de mayor dimensión, con quien comparten y a quien reconocen como suprema Autoridad;

El Principio Republicano, fundamentado en la constitución de Poderes Públicos efectivamente independientes, autónomos y representativos, capaces de garantizar un equilibro entre ellos, en el cumplimiento de los principios fundamentales sobre los cuales se erigen;

Asimismo entendemos, reconocemos y declaramos:

El Principio Conservador, fundamentado en la moderación y ponderación de todos los factores que intervienen en la toma de decisiones, buscando obtener el mejor y mayor provecho como resultado, guardando regularmente el medio entre los extremos;

El Principio Social, fundamentado en la responsabilidad y obligación del Estado, en promover los valores de igualdad étnica, religiosa y de solidaridad, en rechazo de las desigualdades extremas y en la búsqueda de la felicidad, propiciando la igualdad de oportunidades, mediante mecanismos positivos, inclusivos y pro-activos en el desarrollo sustentable de la población, amparados en el acceso sin restricciones o discriminaciones a la salud, la educación, el trabajo, la vivienda y la recreación, sin menoscabo del respeto, de las garantías individuales, de la libertad y del derecho inviolable a la propiedad privada;

El Principio Progresista, fundamentado en la búsqueda de ideas, conceptos y soluciones de avanzada, que conduzca a la sociedad, hacia un desarrollo gradual e ilimitado, de sus aptitudes o capacidades intelectuales y morales, de sus condiciones materiales de existencia; y en general, el avance de la civilización y de sus instituciones sociales;

El Principio de Nación, fundamentado en la existencia de hecho y de derecho, de una entidad jurídica y políticamente constituida por el conjunto de habitantes de un país, regido y amparado por una misma y suprema Autoridad, de forma libre e independiente, con patrimonio moral, valores de libertad, igualdad, justicia y paz, así como con derechos irrenunciables a la Soberanía, la inmunidad, la integridad y la autodeterminación;

El Principio de Estado, fundamentado en el territorio y población sobre el cual se ejerce la autoridad, mediante la actuación de los Poderes Públicos como sus legítimos representantes legales, quienes estarán dedicados a la promoción de la prosperidad y bienestar de su pueblo;

El Principio Democrático, fundamentado en el ejercicio de la soberanía popular a través del voto, en la legitimidad que se origina de la voluntad del pueblo y de sus legítimos representantes, plenamente expresada en la elección universal, libre, directa, secreta, competitiva e informada;

El Principio Participativo, fundamentado en la integración de los diferentes sectores de la población, mediante estructuras organizadas, en el desarrollo del marco jurídico que los afecta;

El Principio de Representatividad, fundamentado mediante la elección de legítimos y efectivos representantes de cada entidad político-administrativa en el Poder Legislativo o cuerpo parlamentario, así como de los demás sectores y minorías que componen y representan los intereses de la Nación;

El Principio de Justicia, fundamentado en el derecho a que todos y cada uno de los habitantes, obtengan lo que les corresponda, en función de su actuación, esfuerzo y capacidades, así como que se garantice la equidad, orden y en general, la igualdad de todos los Ciudadanos ante la Ley;

El Principio Constitucional, fundamentado en el reconocimiento de un instrumento jurídico Supremo, de donde deriva y se establece la organización del Estado;

El Principio de la Autoridad Civil, fundamentado en que las Instituciones Armadas y de Orden público, estarán subordinadas a los Poderes Civiles Constitucionales, contribuyendo al desarrollo de la Nación a través del desempeño de las funciones que les son propias;

El Principio de Defensa Nacional, fundamentado en que la Fuerza Armada Nacional, garantizará la Soberanía, mediante su actuación contra cualquier fuerza o amenaza extranjera, que atente o ponga en riesgo la seguridad o integridad de la Nación y nunca contra Ella;

El Principio de Eficiencia Administrativa, fundamentado en estructuras que permitan y ofrezcan la flexibilidad y capacidad de responder eficientemente, a las demandas de los interesados;

El Principio de Alternabilidad, fundamentado en la realización de procesos electorales en diferentes instantes de tiempo, como mecanismo indispensable de elección entre los Poderes Públicos, así como la sustitución parcial de sus integrantes, particularmente en los cuerpos legislativos o colegiados;

Y para hacer válida, firme y subsistente ésta, nuestra solemne declaración, damos y empeñamos nuestras vidas y el sagrado de nuestro Honor Nacional; en la ciudad de Caracas, en el PRIMER (01) día del mes de JUNIO (06) del año DOS MIL CINCO (2005).

 

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